Hemeroteca :: 12/12/2009
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TECNOLOGÍA

Reportaje

Solicitó el cierre de dos webs lícitas

Última actualización 11/12/2009@23:55:41 GMT+1
Daniel C. Borrás

Vamos a comenzar aclarando que, si bien es cierto que habitualmente esta página goza de una buena dosis de opinión personal, en el caso que nos ocupa hoy, aún más. La SGAE lleva una tremenda carrerilla mediática últimamente, bien surtida, como debe ser, de demandas resueltas a favor y en contra. La labor de esta entidad, para quién no lo sepa, es proteger y velar por los derechos de sus autores y editores, y esto es totalmente lógico y normal. Nadie puede reprocharles algo así, sin embargo, lo que sí resulta cuestionable son las formas en que se está llevando a cabo. España es el país del mundo con mayor índice de descargas de dudosa moralidad. En múltiples ocasiones podemos escuchar comentarios del tipo “es el nuevo disco, me lo bajé de Internet”, o “mira la nueva película bajada de Internet, ¡a lo screener!”. En fin, esto es un hecho, somos todos unos perros y arrapiñamos lo que se puede, muchas veces justificándonos en el altísimo precio de los cines o los discos. Pero el objetivo de este pequeño artículo no es matizar o pormenorizar sobre esto, ni encontrar una solución. El objetivo de estas líneas es recordar a todos cuales son nuestros derechos y nuestras obligaciones, según la ley, que al final, es nuestra guía. Las resoluciones morales deberá concluirlas cada cual en la intimidad de su dormitorio. Y si nos atenemos a lo que dice la ley, existe algo llamado “derecho de copia privada” que según wikipedia se interpreta así: “La copia privada es un derecho que permite a una persona realizar la copia de una obra para uso privado sin ánimo de lucro”. ¿Esto que significa? Pues muy sencillo, ¿es legal fotocopiar un libro? Si lo haces tu mismo, es para tí y no vas a obtener beneficio de la copia... ¡SÍ! Si el librero te cobra 3€ por fotocopiarlo, él estará faltando a la ley ya que obtiene un beneficio. Este artículo legisla todo lo que tiene que ver con la propiedad intelectual y afecta, por lo tanto, a música, libros y películas (entre otras cosas). Aún así, a pesar de existir una legislación, la SGAE piensa que esta ley hay que matizarla y pretende conseguirlo a base de demandas. El resultado es que en muchas ocasiones la SGAE ha tenido que abandonar los juzgados con las orejas agachadas. En el caso expuesto en el titular, la SGAE solicitó el cierre cautelar de dos páginas web, elitemula.com y etmusica.com, que permitían el intercambio gratuito de música y películas en Internet. El problema reside en que, en España, cualquiera puede poner una demanda, pero el solicitar medidas cautelares es algo más complicado ya que, al ser medidas que se toman hasta que se resuelva el juicio, el demandado pierde el derecho a defenderse y, por lo tanto, el juez ha estimado que, dado que la SGAE ha pedido el juicio, debe, además, indemnizar por que “se desprende una intención de evitar el derecho de defensa de la parte contraria y la hace acreedora de la correspondiente sanción”.
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  • MULTA DE 500 EUROS A LA SGAE

    Últimos comentarios de los lectores (1)

    11618 | sergio de acuña - 15/12/2009 @ 20:28:35 (GMT+1)
    Me ha encantado tu artículo, refleja exactamente el cinflicto, si no te importa, me "inspirare" en tu articulo para plasmarlo en la revista de mi instituto, el IES Avd. de los toreros, la revista se llama Gaia, por si quieres verlo por internet.

    un saludo.
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