SUCESOS
Última actualización 15/11/2009@23:13:42 GMT+1
Un magrebí de 27 años se sienta hoy en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial como presunto autor de la muerte de un compañero de celda de la prisión de Topas en mayo de 2008.
G. O. B.
La Fiscalía de Salamanca pide para él una condena de 13 años de prisión por un delito de homicidio. El Ministerio Público considera que hay indicios suficientes para considerarlo autor de la muerte de su compatriota Abdelfatah Serraj, de 32 años de edad.
Un tribunal popular será el encargado de juzgar al imputado en una vista oral cuya duración está prevista hasta el jueves.
Los hechos tuvieron lugar el 21 de mayo de 2008, a la hora que los reclusos suelen dormir la siesta en el centro penitenciario de Topas.
El acusado, A.E.B., de 27 años, y su compañero, que todavía estaba en situación preventiva, habían llegado hacía cinco días al centro y habían compartido celda desde el primer momento.
La Fiscalía sostiene que el imputado golpeó y asfixió a su compañero, cuyo cadáver fue descubierto por los funcionarios que estaban de servicio. El propio acusado habría alertado a los trabajadores del penal, manifestándoles a su llegada que su compañero se había caído de la cama y que estaba inconsciente.
La autopsia confirmó la muerte violenta de Abdelfatah Serraj por asfixia y por los golpes que recibió en la cabeza.
La defensa del imputado considera que su cliente no puede ser considerado responsable penal de los hechos, ya que cuando ingresó en la prisión de Soto del Real su familia había alertado ya de su enfermedad mental y de que precisaba de una atención y una medicación que no se le dispensó ni allí ni en Topas.
Además señala que el fallecido había solicitado de manera insistente y reiterada que le trasladaran de celda sin que se atendiera su solicitud. En su escrito, el letrado advierte de lo que considera una falta de previsión y diligencia debida tanto por el personal funcionario del centro penitenciario de Soto del Real como del personal de Topas.
El Ministerio Público, por su parte, no contempla la concurrencia de circunstancias que puedan agravar o eximirle de la pena, puesto que la enfermedad mental por la que antes de los hechos llegó a ingresar en el centro psiquiátrico en Tetuán no parece constatar la inimputabilidad que manifiesta su defensa.